

Si estás pensando en adquirir un vehículo eléctrico posiblemente tendrás que pensar en la instalación de un punto de carga. Ésta no es obligatoria, pero sí altamente recomendable. Los hábitos y usos que tengas pensado hacer con tu vehículo ayudarán a aclarar y definir unos horarios de carga u otros y unas potencias de carga u otras, lo cual puede llevar, o no, a subir la potencia contratada en el domicilio. Veamos a continuación a qué me refiero.
¿Qué debo saber antes de la instalación?
En primer lugar deberás hacerte una serie de preguntas: ¿Cuántos kilómetros recorres de media al día? ¿Cuánto tiempo disponer para cargar el coche? ¿Qué potencia tengo contratada con mi compañía actual? ¿Qué consumo medio tiene el coche que voy a adquirir?
Éstas son mis repuestas:
- Suelo recorrer de media entre 60 y 100 kilómetos al día.
- Durante toda la noche el coche puede estar cargando, esto es, entre 7 y 12 horas.
- En mi domicilio tenía 3,45 kW de potencia contratada con discriminación horaria (Punta y Valle). Lo que hice fue contratar con mi compañía una tarifa especial para Vehículos Eléctricos: Tarifa con tres tramos (Punta, Valle y Supervalle).
- El consumo medio de mi VE actualmente es de unos 18 kWh/100 km.
Al recorrer unas distancias diarias de unos 50 ó 60 kilómetros no necesité subir la potencia contratada en mi domicilio ya que, cargando en la tarifa supervalle de 1:00 a 7:00 de la mañana, cubro una distancia de unos 90 km. Y, llegado el caso de necesitar más autonomía, tengo más horas de margen. Si estoy a cero y necesito cargar más rápido recurro a un centro comercial cercano que dispone de un cargador de 22 kW y para cuando termino de hacer la compra ya tengo la batería casi llena.
¿Es obligatorio instalar un cargador para Vehículos Eléctricos?

Enchufe convencional tipo Schuko
Disponer de un cargador para vehículo eléctrico no es obligatorio, pero sí altamente recomendable, sobre todo si se trata de tu punto de carga habitual.
¿Un VE se puede cargar en un enchufe convencional de casa? ¡Sí! El mismo enchufe que usas para el secador o el teléfono móvil, pero no es recomendable ya que conlleva una serie de riesgos. En dichos casos habría que estar seguro del tipo de instalación que se tiene, sección del cable, conocer los aparatos conectados simultáneamente y poder limitar la potencia de carga del vehículo. Así que, como ya he dicho, lo aconsejable es la instalación de un punto de carga del tipo Wall Box.
¿Puedo instalar un punto de carga en mi garaje colectivo?
Sí, tanto si la plaza de garaje es en propiedad como si es en alquiler. Es un trámite mucho más sencillo en caso de plazas en propiedad.
¿Tengo que pedir permiso para la instalación?
Depende del tipo de instalación que vayas a llevar a cabo. La Ley favorece la instalación de puntos de carga para Vehículos Eléctricos.
Enlace al BOE con la normativa (ITC) BT 52.
Enlace al BOE que modifica la Ley de Propiedad Horizontal.
Tipos de instalaciones de puntos de carga
Los principales tipos de instalación que se suelen realizar son tres:
- Conexión al contador de la comunidad de vecinos, en cuyo caso sí se requiere el permiso de la comunidad.
- Conexión al contador de tu vivienda. Lo único que tienes que hacer es informar a la comunidad de vecinos.
- Realizar un alta nueva con un nuevo contador individual. Lo único que tienes que hacer es informar a la comunidad de vecinos.
Por lo que sé, lo más habitual y recomendable es la opción de conectarte al propio contador de tu vivienda. En mi caso concreto es lo que hice. Comuniqué al administrador de mi comunidad de vecinos mi intención de instalar un punto de carga para Vehículos Eléctricos. Aquí podrás encontrar una carta tipo.
En el canal de YouTube de Daniel Pérez encontrarás vídeos sobre VE. Aquí, tienes un vídeo ilustrativo sobre el procedimiento de instalación de un punto de carga en un garaje comunitario.
¿Quién puede realizar dicha instalación?
La instalación, para ser legal, debe ser realizada por un instalador autorizado, aunque se trate de un Schuko. Ten en cuenta que el profesional tiene obligación de tener un seguro que le cubra en caso de cualquier imprevisto. Te facilitará la obtención del Certificado Instalación Eléctrica (antiguo Boletín), requerido para toda España.
Además, cada comunidad autónoma tiene su propia legislación al respecto. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid también deben cumplirse las actas XI y XII de la DGIEM.
Para más información te invito a visitar Foroev.com, el foro oficial de AUVE (Asociación de Usuarios de Vehículos Eléctricos).
La Compañía Eléctrica
Llegado a este punto, sólo quiero aclarar que también puedes elegir el origen de la energía que consumes en tu domicilio. Elige una compañía que suministre únicamente energías 100% renovables y que esté certificada. Huye de compañías que venden contratos de “Energía Verde” que no aseguran o proveen de un 100% de energías renovables.
20 Comentarios. Dejar nuevo
Buena entrada.
Lo más interesante es conectarte al contador de tu casa, así no pagas dos veces la potencia, 3,45kw de casa y los que sean para cargar el coche. La segunda opción debería ser cargar con el contrato de la comunidad de propietarios, suelen tener potencia de sobra para los dos primeros que lleguen, contrato de 15kw y necesitan 3kw.
Y si son más los interesados se puede subir el contrato comunitario e incluso repartir la potencia disponible entre quienes estén cargando, de forma que te llegue más si el resto ya han cargado o no están.
Solo discrepo en la última parte, los contratos de energía renovable son siempre una quimera. supongamos que el 35% es de la electricidad producida es de origen renovable, si tu contrato te garantiza un 100%, el resto tendrán un 34% de forma que la media entre tu electricidad y la del resto seguirá siendo un 35% de fuentes renovables. La electricidad “100% renovable”, sale del mismo pool, de la misma subasta eléctrica, del mismo sistema.
Igor
Cuando contratas energia con certificado de origen sigues siendo el responsable de las emisiones del mix energetico de tu pais(o region), en España en 2016 fue de 0.26kg CO2 por Kwh producido(aunque uses energia de origen certificado), por lo que has dicho que toda la energia procede del mismo pool.
La razón por la que se recomienda la contratación de una empresa que solo trabaje con energias renovables es porque esta medida es la unica que tenemos para fomentar este tipo de energias…, solo podemos decidir a donde va el 4% de nuestra factura y es preferible que este en una comercializadora que fomente, e incluso tenga sus propias instalaciones de energia renovable(como Smenergia o Goiener)
Hola!!! Felicidades por la página, cada vez estoy más enganchado a leer vuestros artículos.
Sobre este en cuestión, no siendo el único donde lo leo, no llego a entender porque decís que compráis la electricidad a una comercializadora que proviene de energía verde. Las comercializadores compran y venden la electricidad a la distribuidora dependiendo del lugar donde viváis, ellos no deciden a quien comprarlo. Todos los cableados, conexiones, transformadores de vuestras casas, si están conectados principalmente a una central nuclear, seguirá así aunque tú contrates una comercializadora “verde”. Es como pagar el ADSL a Jazztel pero el alquiler de la línea a Telefónica. Sigues dependiendo de Telefónica para casi todo, pero no les pagas a ellos directamente.
Muchos se han enriquecido por llamarse “verdes, ecológicos, etc” a costa del engaño de los demás.
Saludos!!!
Tu dinero del recibo de la luz va a una comercializadora que es la que decide el origen de la energía. Si dicha comercializadora tiene la certificación que avala que la energía que compra es de origen 100% renovable estarás incentivando esa compra y por tanto la generación de energía renovable. Y hay que diferenciar entre las que venden energía “verde” y las que están certificadas como 100% energía renovable. Recuerda elegir siempre las segundas. Si todo el mundo hiciésemos esto se forzaría a que Iberdrola, Endesa, etc invirtieran únicamente en renovables.
“es la que decide el origen de la energía” Eso no es así. ¡Ojalá fuera tan fácil!
La energía se compra en el mercado eléctrico, y no hay uno verde y otro fósil.
“Solo discrepo en la última parte, los contratos de energía renovable son siempre una quimera”
100% de acuerdo.
Muy bien detallados todos los conceptos,felicidades.
Yo quería hacer un apunte con respecto al Boletín.
En la Comunidad de Madrid es obligatorio tanto en instalaciones en viviendas Unifamiliares,como en Comunidades.
Es una garantía de que la instalación cumple con la ITC-BT52, además de protegerte ante imprevistos (Subidas de tensión,incendios…etc) con los seguros.
Cierto, gracias por el apunte y tu comentario.
En la Comunidad de Madrid y en cualquier otra, sacar una derivación individual del bornero del contador paralela a la DI de la vivienda (esquema 2) es una modificación de importancia que requiere CIE aunque vaya (con sus protecciones) a un simple Schuko para un cargador ocasional CRO. En un garaje comunitario los inspectores que pasen las periódicas cada 5 años pueden (y en Madrid deben) registrar e inspeccionar los puntes de carga instalados.
En esquema 4a para unifamiliares añadir un circuito (que debe ser específico como el C13) al IGA o Interruptor General, también debe hacerse aunque en este caso no hay tanto riesgo de inspección. Pero en caso de problemas, el seguro podría inhibirse…
Sin dudas los vehículos eléctricos son la solución para dejar de depender del combustible, y mejor aun si convertimos los vehículos de combustión actuales a un costo accesible. España hoy tiene la oportunidad de desarrollar medianas y pequeñas empresas de conversión. Esto mediante el proceso de convertir los vehículos actuales en eléctricos. Y eso es desarrollo local de I+D. Ya circulan 650 vehículos convertidos a eléctrico en América Latina y más de 250 solo en México. Con la ventaja de costar la mitad que un coche eléctrico de fabrica y con consumo eléctrico cinco veces menor que a gasolina. No se puede perder tiempo, esto ya tiene 20 años de aplicación en otros países. Organización Autolibre. autolibre.blogspot.com
Pues SÍ. Pero aquí pondrán todas los impedimentos con la homologación.
Yo necesito como minimo 500 km reales de autonomia.
Asi que tardare un poco en pasar al VE.
¿Todos los días recorres 500 km o “solo” un par de veces al mes?
Esta claro que para ti no es adecuado un vehículo eléctrico si no es un Tesla o similar, pero con las redes de carga que se está creando viajar con un VE actual de 300 a 400 km de autonomía ya no es problema.
Pero con tus 500 km diaros , vas a ahorrar muchísimo dinero en coste de combustible y mantenimiento, vamos, el VE de 60 kWh es tu coche.
Si te conectas al contador de la comunidad como contabilizan la electricidad consumida? Me imagino que habrá un contador para mi punto de carga pero como se me facturaría?
Yo cargo en un enchufe normal y corriente, de hecho de un cable que bajé por unas tuberías de antena sin usar hacia mi parking. Concretamente usé un alargador de 25 mts y me sobraron 5 metros. El coche lleva el cargador ” ocasional” de 10A. El shucko y el cable que puse aguantan 16A, por tanto ni se llega ha calentar después de 7 horas, eso si es más lento pero me da lo mismo. Tengo como tu 3,4 de potencia y tarifa supervalle y de cine.
Gracias. ¿Sería posible hacer lo mismo con 2,3kw contratados y con la tarifa nocturna de 3 horarios?
Hola Alain,
Es posible mientras cubras tus necesidades. También es posible que vayas muy justo. Todo depende de la autonomía que quieras recuperar por cada hora enchufado.
Si tienes alguna duda más consulta con nuestro personalshopper@pasatealoelectrico.es
Muchas gracias,
@Emilio_JFRey
Hola quisiera saber si es obligatorio el certificado para un punto de recarga en una vivienda familiar. y si la respuesta fuera depende saber de que depende. Muchas gracias.
Más arriba tienes un comentario de Carlos Ng donde aclara que depende de la Comunidad Autónoma dónde vivas puede ser o no obligatorio el certificado.
El coste de dicho Certificado creo recordar que era de unos 150€ – 200€.
Gracias por tu comentario.
Cualquier modificación de la instalación eléctrica requiere el CIE, y mas para un VE por sus características de carga a alta potencia, constante y durante horas.
Excepto si es un unifamiliar en esquema 4a y se ha instalado el circuito C13 específico para VE.