Analizamos la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, de la que ya os hablábamos aquí, que el 19 de mayo de 2020 el Gobierno envió a las Cortes para alcanzar la neutralidad de emisiones a más tardar en 2050.
? El #CMIN envía a @Congreso_Es y @Senadoesp el proyecto de #LeyDelClima
?Articula la respuesta del país al #CambioClimático basada en el desarrollo sostenible, la justicia social, la protección de la biodiversidad y la salud pública.https://t.co/NUZKh81kIV
[HILO] pic.twitter.com/aQeKGNqFoj— Transición Ecológica y Reto Demográfico (@mitecogob) May 19, 2020
¿Qué significa realmente “alcanzar la neutralidad de emisiones”? Nada menos que, a más tardar al llegar a la mitad de siglo, el país solo emita la cantidad de gases de efecto invernadero (GEI) que sus sumideros puedan absorber.
Y he aquí la palabra sumidero, un concepto no tan conocido y que, si bien ya era importante hasta ahora, cobrará mucho más protagonismo si se acaba aprobando este proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética. Pues de dicha capacidad dependerán las emisiones GEI que como país se pueda permitir.
El concepto de sumidero, en relación con el cambio climático, fue adoptado en la Convención Marco de Cambio Climático de 1992. Un sumidero de gases de efecto invernadero, según la Convención, es cualquier proceso, actividad o mecanismo que absorbe o elimina de la atmósfera uno de estos gases o uno de sus precursores, o bien un aerosol que lo almacena. En el ámbito del Protocolo de Kioto, la definición se limita a determinadas actividades de uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y silvicultura (creación de nuevos bosques, gestión forestal y gestión de tierras agrícolas, entre otras), conocido por la siglas LULUCF (del inglés Land use, land-use change, and forestry) que se traducen en una captura del CO2 presente en la atmósfera o disuelto en agua y su almacenamiento posterior en forma de materia vegetal. Esta captura de CO2 contribuye a reducir la concentración de los Gases de Efecto Invernadero de la atmósfera, y por tanto, a mitigar el cambio climático. También se incluyeron en el Protocolo de Kioto los Mecanismo de Flexibilidad de los que hablaremos más adelante.
Tabla de Contenidos
¿Por qué absorben CO2 las plantas?
La fotosíntesis es aquel proceso químico, olvidado en la enseñanza primaria, por el que las plantas con clorofila, gracias a la energía de la luz, son capaces de transformar un sustrato inorgánico en materia orgánica rica en energía.
Por este proceso tan sencillo y complejo al mismo tiempo, podemos asegurar que la vida en la tierra dependa fundamentalmente de la energía solar, la cual, atrapada por las plantas mediante el proceso de la fotosíntesis, es responsable de la producción de toda la materia orgánica que conocemos. La materia orgánica está presente en los alimentos que consumimos a diario, tanto personas como animales, ; en los combustibles fósiles (petróleo, gas natural, carbón) -sí, también estos dependen en lo más básico del sol- así como en la leña, madera, pulpa para papel, etcétera.
La fórmula que resume este proceso es la siguiente:
CO2 + H2O + luz → (CH2O) + O2
CO2 = dióxido de carbono, H2O = agua, (CH2O) = hidratos de carbono (azúcares) y O2 = oxígeno
Como ya hemos visto, el CO2 absorbido de la atmósfera se almacena en forma de carbono (C) formando parte de la materia orgánica de las plantas. Cierta parte del mismo pasa, posteriormente, a almacenarse en la hojarasca, en el suelo… Los reservorios son almacenes de carbono, es decir, sistemas capaces de acumular o liberar carbono. Algunos ejemplos de estos almacenes de carbono son la biomasa forestal, los productos de la madera o los suelos. Una cuestión clave en los sumideros es la permanencia del carbono almacenado. Las cantidades de CO2 absorbidas por un sumidero, por ejemplo, un bosque, pueden volver a la atmósfera si esa formación vegetal desaparece por cualquier circunstancia. Las causas más comunes de la disminución de los reservorios en los que se encuentra almacenado el carbono son las plagas, las enfermedades, los aprovechamientos (extracción de madera o recogida de cosecha, por ejemplo) y los incendios forestales. Debido a estos eventos, parte del CO2 previamente absorbido y almacenado como carbono en los reservorios podría ser remitido a la atmósfera.
Si la cantidad de carbono que entra en estos reservorios es mayor que la que sale de ellos, serán considerados sumideros (captadores de CO2 de la atmósfera). En el caso contrario, serán una fuente de gases de efecto invernadero. Los reservorios que se consideran a la hora de medir la capacidad como sumidero de un ecosistema terrestre (forestal o agrícola) son los siguientes:
Reservorio | Descripción | |
Biomasa viva | Biomasa sobre tierra | Toda la biomasa viva sobre el suelo, incluyendo tronco, ramas, corcho, semillas, hojas y tocones. |
Biomasa bajo tierra | Toda la biomasa de las raíces vivas. Las raíces finas de menos de 2mm de diámetro son, a menudo, excluidas por su proceso continuado de degradación-regeneración. | |
Materia Orgánica Muerta | Madera muerta | Toda la biomasa no viva, aparte de la hojarasca. Incluye madera sobre la superficie, raíces muertas y tocones mayores o iguales a 10 cm. de diámetro. |
Hojarasca (litter) | Incluye toda la biomasa no viva de pequeño tamaño en varios estados de descomposición, sobre el suelo mineral u orgánico. | |
Suelos | Materia orgánica del suelo | Incluye carbono orgánico en suelos orgánicos y minerales (incluyendo turba) |
Situación actual
Actualmente según el Informe de Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero publicado en Marzo de 2020 por MITECO (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico) para cumplir con el Reglamento (UE) Nº525/2013, que podéis descargar aquí, las emisiones brutas agregadas de gases de efecto invernadero (GEI) que se estimaron en el año 2018 para el total del Inventario (excluido LULUCF) se situó en 340.255,16 kilotoneladas de CO2 equivalente, lo que supone un incremento en relación al año 1990 del 15,5 % y un descenso respecto al año 2005 de 24,6 %.
GEI | % de CO2-eq respecto al total del Inventario |
CO2 | 80,7% |
CH4 | 11,9% |
N2O | 5,5% |
HFC y PFC | 1,8% |
SF6 | 0,1% |
1990 | 1995 | 2000 | 2005 | 2010 | 2015 | 2017 | 2018 |
289.383 | 328.901 | 388.776 | 443.440 | 358.859 | 338.254 | 340.298 | 334.225 |
100% | 113,7% | 134,3% | 153,2% | 124,0% | 116,9% | 117,6% | 115,5% |
La contribución que los distintos sectores y categorías de actividad aportan a las emisiones brutas del Inventario en 2018 se recoge de forma gráfica en las siguientes figuras, referidas al agregado de todos los gases de efecto invernadero (en CO2 equivalente).
Emisión bruta total (Mt CO2-eq) en 2018, desagregada por sectores y actividades
Absorciones y emisiones LULUCF
1990 | 2005 | 2015 | 2017 | 2018 | |
4A Tierras forestales | -32.205,2 | -34.946,0 | -35.202,2 | -34.087,3 | -33.435,0 |
4B Tierras de cultivo | 58,6 | 712,6 | -2.508,3 | -3.432,5 | -3.644,9 |
4C Pastizales | -2.666,6 | -1.788,5 | -323,8 | -70,6 | 56,7 |
4D Humedades | -136,5 | -161,8 | 16,7 | 42,2 | 53,8 |
4E Asentamientos | 681,4 | 1.109,9 | 1.246,5 | 1.276,8 | 1.292,0 |
4F Otras tierras | 337,1 | 265,5 | 59,0 | 35,4 | 23,6 |
4G Productos madereros | -2.019,7 | -3.307,9 | -1.836,4 | -2.705,8 | -2.447,5 |
4(IV)2 Emisiones indirectas de N2O | 3,2 | 9,9 | 6,5 | 5,5 | 5,0 |
TOTAL LULUCF (kt CO2-eq) | -35.947,9 | -38.106,3 | -38.542,1 | -38.936,2 | -38.096,3 |
Emisiones LULUCF | 1.080,3 | 2.097,9 | 1.328,6 | 1.360,0 | 1.431,1 |
Absorciones LULUCF | -37.028,2 | -40.204,2 | -39.870,7 | -40.296,2 | -39.527,4 |
Variación relativa temporal (1990=100%) | 100,0% | 106,0% | 107,2% | 108,3% |
106,0% |
En la tabla y figura se muestran, en el bloque superior, los valores correspondientes a los flujos netos de CO2-eq en las distintas categorías del sector LULUCF, expresando con signo positivo (+) las emisiones y con signo negativo (-) las absorciones. En el bloque inferior de la tabla se muestra el índice temporal de evolución (base 100 en el año 1990) de las absorciones netas del conjunto del sector LULUCF.
Emisiones netas del conjunto del Inventario (con LULUCF)
En este apartado se muestra la evolución de las emisiones netas de CO2-eq del Inventario, una vez descontadas las absorciones del sector LULUCF. En la tabla se muestran los valores absolutos de estas emisiones netas, y en la figura la variación relativa temporal de las mismas, tomando como base 100 el año 1990. Se observa que el perfil del índice se mantiene, en términos generales, en comparación con las emisiones del Inventario sin LULUCF.
1990 | 1995 | 2000 | 2005 | 2010 | 2015 | 2017 | 2018 |
253.435 | 294.298 | 349.186 | 405.333 | 321.583 | 299.712 | 301.362 | 296.159 |
100% | 116,1% | 137,8% | 159,9% | 126,9% | 118,3% | 118,9% |
116,9% |
Por lo tanto, queda claro que el objetivo para el año 2050 es reducir las emisiones netas de CO2-eq a 0. O lo que es lo mismo: hay que reducir la huella de carbono actual de 296.159 kt CO2-eq.
¿Cuáles son los Mecanismos de Flexibilidad del Protocolo de Kioto?
El Protocolo de Kioto establece tres Mecanismos de Flexibilidad para facilitar a los Países del Anexo I de la Convención (países desarrollados y con economías en transición de mercado) la consecución de sus objetivos de reducción y limitación de emisiones de gases de efecto invernadero.
Los tres Mecanismos son: el Comercio de Emisiones, el Mecanismo de Desarrollo Limpio y el Mecanismo de Aplicación Conjunta. Los dos últimos, son los denominados Mecanismos basados en proyectos, debido a que las unidades de reducción de las emisiones resultan de la inversión en proyectos, adicionales ambientalmente, encaminados a reducir las emisiones antropógenas por las fuentes, o a incrementar la absorción antropógena por los sumideros de los gases de efecto invernadero.
Estos Mecanismos son instrumentos de carácter complementario a las medidas y políticas internas que constituyen la base fundamental del cumplimiento de los compromisos bajo el Protocolo de Kioto.
La justificación de su inclusión en el Protocolo de Kioto, tiene su base en el carácter global que supone el reto del cambio climático y, por lo tanto, el efecto, independiente de su origen, que tienen las reducciones de emisiones sobre el sistema climático. De esta forma, se permite que los países con objetivos de reducción y limitación de emisiones que consideren particularmente oneroso reducir las emisiones en su propio país, puedan optar por pagar un precio más económico para reducir las emisiones en otros.
El objetivo que se persigue con la introducción de estos Mecanismos en el Protocolo de Kioto, es un objetivo doble: por un lado, con carácter general, buscan facilitar a los países del Anexo I del Protocolo (países desarrollados y países con economías en transición de mercado), el cumplimiento de sus compromisos de reducción y limitación de emisiones, y por otro lado, también persiguen apoyar el desarrollo sostenible de los países en desarrollo, países no incluidos en el Anexo I, a través de la transferencia de tecnologías limpias.
¿En qué consiste el Comercio de Emisiones?
El uso de este Mecanismo, contemplado en el Art. 17 del Protocolo, permite a las Partes Anexo I adquirir créditos de otras Partes Anexo I para alcanzar, de forma eficiente desde el punto de vista económico, los compromisos adquiridos en Kioto. De esta manera, los que reduzcan sus emisiones más de lo comprometido podrán vender los créditos de emisiones excedentarios a los países que consideren más difícil o más oneroso satisfacer sus objetivos.
El sistema de comercio regulado en el Artículo 17 del Protocolo de Kioto contempla un instrumento ambiental cuyas ventajas ambientales y la certidumbre sobre los resultados alcanzados, vienen dadas por el establecimiento de una cuota total de derechos de emisión asignados, que representan el límite global de las emisiones autorizadas por el régimen.
Bajo este régimen, los países Partes del Anexo I, o aquellas personas jurídicas a las que éstos hayan autorizado, pueden intercambiar en el mercado, los distintos tipos de unidades contables reconocidos por el Protocolo de Kioto, es decir: Unidades de Reducción de Emisiones (UREs), fruto de proyectos de aplicación conjunta, Reducciones Certificadas de Emisiones (RCEs), generadas por proyectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio, Unidades de Absorción (UDAs), procedentes de actividades en sumideros y Unidades de Cantidad Atribuida (UCAs), inicialmente asignadas a cada Parte.
Para evitar que las Partes vendan en exceso los diferentes tipos de unidades, y se vean imposibilitados para cumplir los compromisos de Kioto, cada una de las Partes del Anexo I tiene la obligación de crear lo que se conoce como “Reserva del Período de Compromiso”, que consiste en mantener un nivel mínimo de unidades de emisión, que quedan excluidas del Comercio de Emisiones. Si alguna de las Partes incumple con esta reserva, se le prohibirá vender unidades hasta que restaure, en un plazo de 30 días, los niveles exigidos.
¿En qué consiste el Mecanismo de Desarrollo Limpio?
Este Mecanismo permite la inversión de un País Anexo I en un País no incluido en el Anexo I, en proyectos de reducción de emisiones o de fijación de carbono. El país Anexo I recibe los créditos de reducción del proyecto, que utiliza para alcanzar sus compromisos dimanantes del Protocolo.
Este Mecanismo cumple con un triple objetivo: por un lado, el país inversor hará uso de las RCEs (Reducciones Certificadas de Emisiones) para alcanzar los objetivos de reducción y limitación de emisiones y, por otro lado, el país receptor de la inversión consigue un desarrollo sostenible a través de la transferencia de tecnologías limpias y, a su vez, contribuye a alcanzar el objetivo último de la Convención de Cambio Climático.
Un CER representa la reducción exitosa de emisiones equivalente a una tonelada de dióxido de carbono equivalente (tCO2-eq).
¿En qué consiste el Mecanismo de Aplicación Conjunta?
Este Mecanismo permite la inversión, de un País Anexo I en otro País Anexo I, en proyectos de reducción de emisiones o de fijación de carbono. El país receptor se descuenta las unidades de reducción de emisiones (UREs) del proyecto que adquiere el país inversor.
El país inversor se beneficia de la adquisición de UREs a un precio menor del que le hubiese costado en el ámbito nacional la misma reducción de emisiones. De esta forma, las unidades obtenidas con el proyecto las utiliza para cumplir con su compromiso de Kioto.
Los potenciales países receptores, bajo el ámbito de estos proyectos, serán los países con economías en transición de mercado, tanto por sus escenarios de emisiones, como por su estructura económica que convierte en atractivas y eficientes las inversiones en estos países. Países que se beneficiarán de las inversiones en tecnologías limpias.
Mercado de carbono
Como ya debería estar claro, estos mecanismos flexibles forman un mercado, un conjunto de operaciones comerciales que afectan a un determinado sector de bienes, en este caso el carbono y que podríamos dividir en dos grandes mercados: el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) de la ONU y el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea (EU ETS por sus siglas en inglés).
El MDL tiene un sinfín de problemas que podéis encontrar aquí, pero que se resume en no haber reducido las emisiones a nivel mundial y que los proyectos financiados se han relacionado con violaciones de derechos humanos y destrucción del medio ambiente.
El Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea (EU ETS). En el año 2013, el EU ETS cubría más de 11.000 fábricas, centrales eléctricas y otras instalaciones en todo el Espacio Económico Europeo, lo que abarca cerca del 40 % de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de Europa.
El EU ETS es un régimen de comercio con fijación previa de límites máximos, es decir, establece límites al total de gases de efecto invernadero que pueden emitir las empresas. Cada año se reducen los límites y las empresas reciben o compran derechos de emisión que pueden comercializar según lo necesiten.
Desde el principio, el EU ETS ha tenido un excedente de derechos de emisión, lo que ha causado que los precios sean demasiado bajos para estimular una transformación a favor del clima. Las principales causas por las que la señal sobre los precios es insuficiente son un objetivo general poco ambicioso, la crisis económica que empezó en 2008 y la entrada de créditos internacionales.
Desde que la Reserva de Estabilidad del Mercado (MSR) del EU ETS empezó a absorber el exceso de derechos del mercado a principios de 2009 la situación ha mejorado y los precios se han recuperado. No obstante, la MSR se diseñó para controlar la sobreoferta acumulada a lo largo de los años; no es adecuada para controlar los excedentes actuales o futuros y mucho menos ante situaciones excepcionales como la del Covid-19.
Como el mercado es cambiante, es difícil predecir cómo evolucionará el precio. Teniendo en cuenta que el MSR está diseñado para controlar la sobreoferta en la medida de lo posible, tomaremos como valor de referencia aproximado para este último año 24,5€/tCO2-eq.
Como lo lógico y probable es que según avancen los años los países reduzcan su huella de carbono e inviertan en energías limpias, la oferta de energía de origen renovable irá creciendo y la demanda de compra de carbono en el mercado debería ir disminuyendo poco a poco. Para facilitar los cálculos mantendré el precio actual hasta el año 2025 y luego asumiré que el precio se abaratará 1€/tCO2-eq al año. De esta manera el valor acabaría siendo 0€/tCO2-eq en el año 2050 y esto significaría que en España no se estaría emitiendo dióxido de carbono en la generación eléctrica y en sus actividades empresariales, puesto que nadie, ni empresas ni Administración, estarían comerciando con el carbono mediante los mecanismos de flexibilidad. Ese supuesto es el que también he asumido en la columna de emisiones en tCO2-eq.
El Acuerdo de París indica que la neutralidad de emisiones debe alcanzarse a lo largo de la segunda mitad del siglo, es decir, más allá del año 50 y hasta llegar a 2100; y eso -ya debería haber quedado claro- ni tan siquiera significa ser 100% renovable mientras existan mecanismos de flexibilidad. El MITECO por lo tanto se estaría adelantado. Pero considerar que el origen eléctrico será 100% renovable en el año 2050 es probablemente muy optimista, aunque no imposible, pero doy por hecho que la situación de partida mejorará sustancialmente en los próximos 30 años.
AÑO | €/tCO2-eq | Emisiones en tCO2-eq | € |
2020 | 24,5 | 296.159.000 | 7.255.895.500 € |
2025 | 24,5 | 246.799.167 | 6.046.579.583 € |
2030 | 19,5 | 197.439.333 | 3.850.067.000 € |
2035 | 14,5 | 148.079.500 | 2.147.152.750 € |
2040 | 9,5 | 98.719.667 | 937.836.833 € |
2045 | 4,5 | 49.359.833 | 222.119.250 € |
2050 | 0 | 0 | – € |
Equivalencias
Ateniéndonos a los números de la tabla y al análisis realizado, la mejor forma de sacar conclusiones es comparar las emisiones equivalentes con emisiones asociadas a acciones diarias que realizamos los humanos y que sabemos lo que implican en el día a día. También comparar el valor económico que supondría igualar las emisiones para cumplir con el objetivo fijado.
Como he dicho, no considero realista alcanzar la generación 100% origen renovable en 30 años teniendo en cuenta que actualmente, según los datos de REE, las energías renovables elevaron su cuota en el conjunto de la generación eléctrica hasta el 40,1 % en 2018 frente al 33,7 % del año anterior y también porque cada cuatro años votamos, elegimos gobierno, y eso muchas veces conlleva un cambio de planes y estrategias que no necesariamente implica seguir en esta dirección.
Voy a plantear dos escenarios posibles para comparar las equivalencias de gases de efecto invernadero. Por un lado, imaginando alcanzar solamente la mitad de reducción de tCO2-eq para el año 2050 respecto a la situación actual y otro habiendo conseguido el objetivo al 75%. Es decir, cogiendo los datos del año 2035 y el valor intermedio entre el 2042 y 2043 de la tabla anterior, pero asumiendo que esos valores serían los obtenidos en el 2050, año en el que, según la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, estaríamos obligados a igualar las emisiones y por tanto a pagar la equivalencia.
Equivalencias a considerar obtenidas de EPA (Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos) en inglés y en castellano:
- Vehículos de pasajeros por año 4,63 tCO2-eq/vehículo/ año
- Kilómetros recorridos por el vehículo de pasajeros promedio 2,52 x 10-4 tCO2-eq/km
- Barriles de petróleo consumidos 0,43 tCO2-eq/barril
- Uso energético en el hogar 8,67 tCO2-eq por hogar por año.
- Emisiones de centrales eléctricas con carbón durante un año 3.893.003,27 tCO2-eq/central eléctrica
- Cantidad de teléfonos inteligentes cargados 7,84 x 10-6 tCO2-eq/teléfono inteligente cargado
Año 2050 con el objetivo al 50% respecto a 2020 sin contar los mecanismos de flexibilidad
- Emisiones equivalentes al movimiento anual de 31.982.613 de vehículos.
- Emisiones equivalentes a 587.617.063.492 km recorridos
- Emisiones equivalentes a 344.370.930 barriles de petróleo
- Emisiones equivalentes anuales de 17.079.527 de hogares
- Emisiones anuales equivalentes a 38 centrales eléctricas de carbón
- Emisiones equivalentes a 18.887.691.326.531 cargas de teléfonos inteligentes
Año 2050 con el objetivo al 75% respecto a 2020 sin contar los mecanismos de flexibilidad
- Emisiones equivalentes al movimiento anual de 15.991.307 de vehículos.
- Emisiones equivalentes a 293.808.531.746 km recorridos
- Emisiones equivalentes a 172.185.465 barriles de petróleo
- Emisiones equivalentes anuales de 8.539.764 de hogares
- Emisiones anuales equivalentes a 19 centrales eléctricas de carbón
- Emisiones equivalentes a 9.443.845.663.265 cargas de teléfonos inteligentes
Hablemos de pasta:
Según las previsiones del Gobierno recogidas en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC) en materia de renovables requerirán una inversión de 92.589 millones de euros para añadir una potencia eléctrica de 55 GW de nuevas renovables. Esto significa que el coste medio por MW de nueva renovable en España para la década 2021-2030 será de 1,68 millones de euros. Este precio incluye los precios de las cuatro principales tecnologías que se instalarán en la próxima década:
- Eólica: 830.000 €/MW
- Solar fotovoltaica: 556.000 €/MW
- Termosolar: 2.660.000 €/MW
- Bombeo: 4.250.000 €/MW
Además, el Gobierno tiene previsto que se inviertan 2.681 millones en biomasa, otros 1.977 millones en otras tecnologías (energías marinas, geotermia, etc) y 1.600 millones en nueva hidráulica por unos 600 MW más que se instalarán en el periodo.
Año 2050 con el objetivo al 50% respecto a 2020 sin contar los mecanismos de flexibilidad
Coste de los potenciales mecanismos de flexibilidad (2.147.152.750€) y sus equivalencias:
- Eólica: 2.587 MW
- Solar fotovoltaica: 3.862 MW
- Termosolar: 807 MW
- Bombeo: 505 MW
Año 2050 con el objetivo al 75% respecto a 2020 sin contar los mecanismos de flexibilidad
Coste de los potenciales mecanismos de flexibilidad (1.073.576.375€) y sus equivalencias:
- Eólica: 1.293 MW
- Solar fotovoltaica: 1.931 MW
- Termosolar: 404 MW
- Bombeo: 253 MW
Para haceros a la idea de qué otras inversiones y en qué se pueden gastar estas ingentes cantidades de dinero, os dejo este hilo de nuestro compañero Jesús.
Hace unos días se comentaba que la industria del automóvil dejaba caer que si el Gobierno les diera 800 millones para un plan PIVE… ¿800? ¿Para coches contaminantes? ¿Y el plan MOVES destinado a vehículos 0 emisiones solo 65?
Vamos a calcular que se podría hacer con 800 mill
— Jesus Gomez Merino (@isomaxx03) May 18, 2020
Conclusiones
Sin duda es un gran avance. Tener un marco regulatorio en el ámbito del cambio climático y la transición energética es un avance.
A más tardar en el año 2050, España deberá alcanzar la neutralidad climática, con el objeto de dar cumplimiento a los compromisos internacionalmente asumidos, y sin perjuicio de las competencias autonómicas, el sistema eléctrico deberá estar basado exclusivamente en fuentes de generación de origen renovable.
Sin embargo, el punto 2 del artículo 3 de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética entrecomillado aquí arriba, da pie a pensar que con la coletilla: basado, aunque en exclusividad, todavía dé cabida a que se puedan expulsar partículas contaminantes a la atmósfera y cubrir la neutralidad climática con los mecanismos de flexibilidad.
Un gran paso, pero todavía un largo camino por recorrer.