Si estás pensando en adquirir un vehículo eléctrico posiblemente tendrás que pensar en la instalación de un punto de carga. Ésta no es obligatoria, pero sí altamente recomendable. Los hábitos y usos que tengas pensado hacer con tu vehículo ayudarán a aclarar y definir unos horarios de carga u otros y unas potencias de carga u otras, lo cual puede llevar, o no, a subir la potencia contratada en el domicilio. Veamos a continuación a qué me refiero.
Tabla de Contenidos
¿Qué debo saber antes de la instalación?
En primer lugar deberás hacerte una serie de preguntas: ¿Cuántos kilómetros recorres de media al día? ¿Cuánto tiempo disponer para cargar el coche? ¿Qué potencia tengo contratada con mi compañía actual? ¿Qué consumo medio tiene el coche que voy a adquirir?
Éstas son mis repuestas:
- Suelo recorrer de media entre 60 y 100 kilómetos al día.
- Durante toda la noche el coche puede estar cargando, esto es, entre 7 y 12 horas.
- En mi domicilio tenía 3,45 kW de potencia contratada con discriminación horaria (Punta y Valle). Lo que hice fue contratar con mi compañía una tarifa especial para Vehículos Eléctricos: Tarifa con tres tramos (Punta, Valle y Supervalle).
- El consumo medio de mi VE actualmente es de unos 18 kWh/100 km.
Al recorrer unas distancias diarias de unos 50 ó 60 kilómetros no necesité subir la potencia contratada en mi domicilio ya que, cargando en la tarifa supervalle de 1:00 a 7:00 de la mañana, cubro una distancia de unos 90 km. Y, llegado el caso de necesitar más autonomía, tengo más horas de margen. Si estoy a cero y necesito cargar más rápido recurro a un centro comercial cercano que dispone de un cargador de 22 kW y para cuando termino de hacer la compra ya tengo la batería casi llena.
¿Es obligatorio instalar un cargador para Vehículos Eléctricos?
Enchufe convencional tipo Schuko
Disponer de un cargador para vehículo eléctrico no es obligatorio, pero sí altamente recomendable, sobre todo si se trata de tu punto de carga habitual.
¿Un VE se puede cargar en un enchufe convencional de casa? ¡Sí! El mismo enchufe que usas para el secador o el teléfono móvil, pero no es recomendable ya que conlleva una serie de riesgos. En dichos casos habría que estar seguro del tipo de instalación que se tiene, sección del cable, conocer los aparatos conectados simultáneamente y poder limitar la potencia de carga del vehículo. Así que, como ya he dicho, lo aconsejable es la instalación de un punto de carga del tipo Wall Box.
¿Puedo instalar un punto de carga en mi garaje colectivo?
Sí, tanto si la plaza de garaje es en propiedad como si es en alquiler. Es un trámite mucho más sencillo en caso de plazas en propiedad.
¿Tengo que pedir permiso para la instalación?
Depende del tipo de instalación que vayas a llevar a cabo. La Ley favorece la instalación de puntos de carga para Vehículos Eléctricos.
Enlace al BOE con la normativa (ITC) BT 52.
Enlace al BOE que modifica la Ley de Propiedad Horizontal.
Tipos de instalaciones de puntos de carga
Los principales tipos de instalación que se suelen realizar son tres:
- Conexión al contador de la comunidad de vecinos, en cuyo caso sí se requiere el permiso de la comunidad.
- Conexión al contador de tu vivienda. Lo único que tienes que hacer es informar a la comunidad de vecinos.
- Realizar un alta nueva con un nuevo contador individual. Lo único que tienes que hacer es informar a la comunidad de vecinos.
Por lo que sé, lo más habitual y recomendable es la opción de conectarte al propio contador de tu vivienda. En mi caso concreto es lo que hice. Comuniqué al administrador de mi comunidad de vecinos mi intención de instalar un punto de carga para Vehículos Eléctricos. Aquí podrás encontrar una carta tipo.
En el canal de YouTube de Daniel Pérez encontrarás vídeos sobre VE. Aquí, tienes un vídeo ilustrativo sobre el procedimiento de instalación de un punto de carga en un garaje comunitario.
¿Quién puede realizar dicha instalación?
La instalación, para ser legal, debe ser realizada por un instalador autorizado, aunque se trate de un Schuko. Ten en cuenta que el profesional tiene obligación de tener un seguro que le cubra en caso de cualquier imprevisto. Te facilitará la obtención del Certificado Instalación Eléctrica (antiguo Boletín), requerido para toda España.
Además, cada comunidad autónoma tiene su propia legislación al respecto. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid también deben cumplirse las actas XI y XII de la DGIEM.
Para más información te invito a visitar Foroev.com, el foro oficial de AUVE (Asociación de Usuarios de Vehículos Eléctricos).
La Compañía Eléctrica
Llegado a este punto, sólo quiero aclarar que también puedes elegir el origen de la energía que consumes en tu domicilio. Elige una compañía que suministre únicamente energías 100% renovables y que esté certificada. Huye de compañías que venden contratos de “Energía Verde” que no aseguran o proveen de un 100% de energías renovables.